Warrants
El sistema de Warrants en la República Argentina data de inicios del siglo XX con la promulgación de la Ley 9.643 en el año 1914.
El marco legal establece que una persona, dueña de una determinada mercadería, se la entregue a una empresa emisora de warrants para que ésta actúe como depositaria de dicho producto. Al recibir y almacenar el bien, la empresa depositaria emite un Certificado de Depósito (título de propiedad) y un Warrant (garantía especial sobre el producto depositado), también llamado en otros paises bono de prenda.
El propietario del producto almacenado puede endosar el warrant a una entidad financiera, cediendo los derechos sobre la mercadería y, de esta forma, obtener capital de trabajo reduciendo sus necesidades financieras. Asimismo, al endosar el certificado de depósito transfiere la tiularidad del bien al endosatario.
Esta operatoria determina pautas de seguridad jurídica y de manejo y conservación de los inventarios adecuados para que productores puedan ceder el control de sus inventarios a terceros. Alternativamente, empresas comercializadoras puedan adquirir estas mercaderías a los productores registrando la titularidad sobre el bien y mantenerlo en el lugar de almacenamiento original hasta su entrega al mercado. Finalmente, las entidades financieras pueden extender créditos sobre dichas mercaderías durante el período de almacenaje.